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jueves, 24 de septiembre de 2015

LA FORMACIÓN EN BANCO SABADELL SE DEBE REALIZAR DENTRO DE LA JORNADA LABORAL O SE COMPENSA CON LICENCIA RETRIBUIDA


Ante las múltiples consultas  recibidas sobre la materia, comunicamos a toda la plantilla que, tal y como refleja la normativa (7213- Manual de Recursos Humanos) y nos traslada la dirección, la formación en Banco Sabadell debe realizarse dentro de la jornada laboral.


            En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado o la empleada  y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida.
                A los efectos del control de las horas que cada empleado o empleada podrá compensar, se estipularán las horas necesarias para la realización de cada curso y se publicarán en el catálogo de cursos ( se puede consultar en PROTEO/GESTIÓN RRHH/FORMACIÓN/GESTIÓN DE LA FORMACIÓN/ACTIVIDADES DE FORMACIÓN/FORMACIONES CERRADAS—pone las horas de cada curso en la parte inferior).
                Asimismo, cada manager o responsable controlará  las horas de formación realizadas por el personal de su ámbito, fuera de la jornada laboral, con el fin de compensarlas con licencias retribuidas, las cuales serán autorizadas mediante intranet como licencia por formación. El empleado o empleada deberá  proceder a grabar las horas realizadas  (PROTEO/escribir en el buscador “AYUDA ENTRE OFICINAS Y OTRAS LICENCIAS”/NUEVA SOLICITUD/TIPO DE SOLICITUD: LICENCIA /CONCEPTO: LICENCIA POR FORMACION).

El Banco costeará el hospedaje y manutención en caso que la formación sea de carácter presencial e implique extensión de jornada laboral.
Los gastos de desplazamiento para la asistencia a  los cursos de formación serán en todo caso a cargo del Banco (normativa 736204).

                Por el Acuerdo de Modificación de Jornada Laboral de Enero-2010 (NO FIRMADO POR CGT), EL PERSONAL ADMINISTRATIVO (niveles XII a  IX) deberá completar la jornada legal anual, con quince horas adicionales al horario establecido, que se destinarán, de mutuo acuerdo con la dirección de su Unidad, a la realización de actividades formativas.

                CGT se ofrece a todo el personal que tenga cualquier problema para compensar las horas de formación o cobrar los gastos que conlleva, para gestionar su solución ante relaciones laborales en cumplimiento de la normativa vigente.

NO COMPENSAR LA FORMACIÓN REALIZADA FUERA DE LA JORNADA LABORAL  ES UN INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, QUE AYUDA A DESTRUIR NUESTROS PUESTOS DE TRABAJO.

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